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Artículo 985 – Requisitos

    ARTÍCULO 985.- Requisitos. Las cláusulas generales predispuestas deben ser comprensibles y autosuficientes.

    La redacción debe ser clara, completa y fácilmente legible.

    Se tienen por no convenidas aquellas que efectúan un reenvío a textos o documentos que no se facilitan a la contraparte del predisponente, previa o simultáneamente a la conclusión del contrato.

    La presente disposición es aplicable a la contratación telefónica, electrónica o similares.

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