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Artículo 1120 – Situación jurídica abusiva

    ARTÍCULO 1120.- Situación jurídica abusiva. Se considera que existe una situación jurídica abusiva cuando el mismo resultado se alcanza a través de la predisposición de una pluralidad de actos jurídicos conexos.

    Análisis del Artículo 1120 del Código Civil Comentado

    Análisis del artículo 1120 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina ¿Qué dice el artículo 1120 del Código Civil? ¿Qué establece el art. 1120 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina?

    1. Introducción

    En este artículo se introduce normativamente un concepto innovador y realista en nuestro sistema jurídico, como es el de situación jurídica abusiva.

    2. Interpretación del Artículo 1120

    Según el artículo, existe una situación jurídica abusiva cuando nos hallamos frente a un supuesto de desequilibrio en perjuicio del consumidor que se alcanza a través de la predisposición de una pluralidad de actos jurídicos conexos; situación que se da cuando se elabora un entramado contractual, un sistema de vínculos jurídicos y económicos conexos que determina una situación de cautividad o de limitación de derechos y facultades del consumidor o usuario.

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