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Articulo 737 – Requisitos de ejercicio

    ARTÍCULO 737. Requisitos de ejercicio.- El ejercicio de la acción directa por el acreedor requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    a) Un crédito exigible del acreedor contra su propio deudor;

    b) Una deuda correlativa exigible del tercero demandado a favor del deudor;

    c) Homogeneidad de ambos créditos entre sí;

    d) Ninguno de los dos créditos debe haber sido objeto de embargo anterior a la promoción de la acción directa;

    e) Citación del deudor a juicio.

    Análisis del Artículo 737 del Código Civil Comentado

    Análisis del artículo 737 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina ¿Qué dice el artículo 737 del Código Civil? ¿Qué establece el art. 737 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina?

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