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Artículo 1142 – Regla de interpretación

    ARTÍCULO 1142.- Regla de interpretación. Las disposiciones de esta Sección no excluyen la aplicación de las demás normas del Capítulo en cuanto sean compatibles.

    Análisis del Artículo 1142 del Código Civil Comentado

    Análisis del artículo 1142 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina ¿Qué dice el artículo 1142 del Código Civil? ¿Qué establece el art. 1142 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina?

    1. Interpretación del Artículo 1142

    El CCyC destina una sección especial referida a la compraventa de cosas muebles. en ella se describen las particularidades que tal naturaleza de cosas imprime a la compraventa. sin perjuicio de esta regulación particular, las disposiciones genéricas de la compraventa que no resulten incompatibles con las disposiciones particulares también rigen a la compraventa de cosas muebles.

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