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Artículo 222 – Otras facultades

    ARTÍCULO 222.- Otras facultades. Además de las atribuciones señaladas en otras disposiciones de este Código, corresponde a la autoridad de contralor: a) solicitar de las… 

    Artículo 221 – Atribuciones

      ARTÍCULO 221.- Atribuciones. La autoridad de contralor aprueba los estatutos de la fundación y su reforma; fiscaliza su funcionamiento y el cumplimiento de las disposiciones… 

      Artículo 214 – Deber de información

        ARTÍCULO 214.- Deber de información. Las fundaciones deben proporcionar a la autoridad de contralor de su jurisdicción toda la información que ella les requiera. Análisis… 

        Artículo 213 – Destino de los ingresos

          ARTÍCULO 213.- Destino de los ingresos. Las fundaciones deben destinar la mayor parte de sus ingresos al cumplimiento de sus fines. La acumulación de fondos…